Monday, September 22, 2008
La Consejeria Hispana Ahora Te Vende Tu Auto!
Quieres comenzar tu propio negocio? La experiencia no se improvisa. En la Consejeria Hispana se te da a conocer las diversas oportunidades que tienes para la conformacion de tu nueva corporacion, alineando tu objetivo social con el de la imagen que debes proyectar. El desarrollo de una imagen corporativa y publicitaria exitosa es clave para tu buen desempeño. Llamanos, estamos para colaborarte!
A nivel individual, visita ademas nuestra pagina web donde hemos agregado el modulo de autos, alli podras encontrar un auto que se acomode a tu gusto y presupuesto. Adicionalmente, te haremos una propuesta de financiacion la cual permitira que continues cumpliendo tus sueños en este pais.
Somos tu solucion para registro de vehiculos, traducciones, taxes y placas, Requieres ademas exportar tu vehiculo? De la misma manera, podremos ayudarte en este tramite facilitandote su envio. Esperamos escuchar de ti pronto!
Cualquier informacion adicional, por favor llamenos a: 502-671-5109
Tuesday, September 16, 2008
Advertencia Sobre las Licencias Internacionales
Lo anterior aparece en el website del FTC (Federal Trade Commission) cuyo objetivo es el de proteger al consumidor.
Es necesario conocer las implicaciones legales que se tienen al utilizar u obtener una licencia internacional que finalmente no podra reemplazar la licencia que se debe mantener en Estados Unidos. Si no se cuenta con la licencia de conduccion, es importante entonces obtener como minimo el ID del estado en el cual se moviliza el cual es expedido tambien por el Departamento de Transito de dicho estado. El ID (Identity Card) o documento de identificacion permite establecer su estatus legal en el pais.
Por favor cerciorese de que tipo de licencia internacional le esta siendo ofrecida y visite al FTC en su sitio web: http://www.ftc.gov/
Si aun tiene dudas, favor contactarnos y le ayudaremos a esclarecer cualquier duda al respecto.
Saturday, August 9, 2008
Mercado Hispano en Linea
En un reporte del SES Latino Conference (Junio 18-19, 2007), varias conclusiones fueron presentadas. En primer lugar, el hispano esta mas tiempo en el Internet que el mismo Norteamericano en un promedio del 20%. La utilización promedio semanal del Internet en la comunidad hispana es de 17 horas a la semana. El interés por la televisión ha sido reemplazado por el Internet.
Lo anterior tiene implicaciones positivas de un mercado potencial en crecimiento en línea. Sin embargo, alcanzar el mercado de habla hispana no es tan sencillo ya que continúa la preferencia por el español como idioma principal y en este sentido aun se carece de expansión en portales y sitios para hacer una publicidad efectiva.
Para sacar provecho de este mercado en crecimiento, se debe mirar a profundidad las oportunidades publicitarias que existen hoy día ya que no todas ofrecen el mismo rango de ventas potenciales.
Thursday, July 24, 2008
Corporacion S vs. Corporacion C
Las corporaciones se denominan S o C para efectos prácticos y poder diferenciar que tipo de responsabilidad y envergadura tienen frente al Gobierno Norteamericano. Lo anterior hace alusión principalmente lo que se refiere a impuestos.
1- Corporación S – La corporación S provee protección de responsabilidad limitada hacia acreedores.
Este tipo de compañía de carácter domestica o sea dentro de las fronteras Estadounidenses evitara la doble tasación (la que se le hace por una parte a los dueños del negocio y por otra parte la que se le elabora a la corporación). Generalmente, una corporación S es exenta del impuesto a la renta federal así como al impuesto a ciertas ganancias de capital e ingresos pasivos. Estos impuestos son aplicados a los accionistas en forma proporcional y aparece en su formulario de impuesto a la renta en el “Schedule E”.
2- Corporación C – Los ingresos de una corporación C son sujetos a tasa impositiva. El impacto de la doble tasación hace parte de las reglas a las cuales se atienen los accionistas de este tipo de corporación. Los impuestos que se deben aplicar son por los ingresos de la compañía así como los ingresos provenientes de dividendos.
A diferencia de una corporación C, la S no es elegible para distribución de dividendos.
Se debe optar por una corporación C si no se requiere limitar el número de accionistas tanto a nivel nacional como internacional.